Dr Phibes Rises Again Mp4 Torrent Pirate Bay
"Hay dos cosas que no se detienen: el paso del tiempo (inexorable) y las descargas del µTorrent (a menos que Edesur nos corte la luz).
Al principio, del Large Blindside surgió Mininova, del Pecado Original surgió Demonoid y luego de una 'auténtica decadencia' surgiría ThePirateBay."
Sitios como
http://asiatorrents.me/
,
http://eutorrents.ph/
,
http://kickass.to/
, el desaparecido PublicHD (murió hace exactamente iii meses) e infinidad de blogs y foros, han sido dignos complementos del material que provee La Bahía de los Piratas.
Hace un mes y pico, quisieron bloquearnos TPB, pero por suerte no pudieron, solamente consiguieron que se ampliara la red de "mirrors" (espejos) del sitio original.
Al respecto de este tema, les recomiendo este extensísimo artículo sobre el tema: The Pirate Bay: el catálogo de la Biblioteca de Babel
Extracto: De igual forma que en el sexo, la justicia necesita de dos para consumarse: sólo se alcanza el climax del conocimiento pleno de los hechos cuando un magistrado escucha las versiones contrapuestas de las dos partes en conflicto. Si solo hay una, nunca se llega a la verdad, no hay garantías de debido proceso y no hay justicia: se puede fantasear que se está teniendo sexo con alguien pero en realidad se trata de puro onanismo.
El 26 de junio de 2014 la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) notificó a todos los proveedores de internet de Argentine republic que debían bloquear por DNS thepiratebay.se y una docena más de dominios que le apuntaban, junto con un rango de 255 direcciones IP. La resolución se daba en cumplimiento de una medida autosatisfactiva dictada por el Dr. Gastón Polo Olivera en respuesta a la solicitud de CAPIF. Más de uno se habrá preguntado ¿Qué carajo son las "medidas autosatisfactivas"?
Las "autosatisfactivas" son una nueva especie de instrumento jurídico al que se acude para contrarrestar la creciente percepción de ineficacia del sistema judicial, en especial cuando se trata de situaciones de urgencia. Como aún ni figuran en el código de procedimientos, el juez ha tenido que dedicar varios párrafos de su fallo para explicar su pertinencia, recurriendo a bibliografía y congresos jurídicos. Se fundan en el derecho constitucional de los individuos a obtener una respuesta efectiva del sistema judicial en el ejercicio o defensa de sus derechos o intereses, que muchas veces quedan «insatisfechos» cuando el duro y largo trayecto del proceso judicial neutraliza lo dispuesto en el fallo final. Paradójicamente «el duro y largo trayecto del proceso judicial» es lo que permite llegar al conocimiento pleno de los hechos para que la justicia pueda actuar con… justicia.
En definitiva, se puede afirmar que cierta tendencia al sexo tántrico por parte del sistema judicial ha estimulado el morbo por un onanismo más expeditivo: no importa tanto acabar bien sino acabar rápido, aunque bounding main eyaculando precozmente.
El juez resuelve en trámite urgente y sólo escuchando a una de las partes "inaudita et altera pars". Se parecen a las tradicionales medidas cautelares que sirven exactamente para lo mismo (dar una respuesta efectiva antes de que sea demasiado tarde). Sin embargo, las cautelares son transitorias y están subordinadas a un proceso normal que culmina con un fallo luego de la correspondiente profundización de la verdad a través del debate de las partes. Las autosatisfactivas concluyen con la propia medida decidida por el juez —por eso el nombre— y no son ni transitorias ni están subordinadas a otro proceso.
Cuando se trata de la necesidad de continuar con la prestación de un servicio vital o de evitar frenos burócraticos a tratamientos médicos (el acceso a una prótesis en el momento oportuno), o resolver medidas administrativas que no admiten demora, según muchos juristas las «autosatisfactivas» son la mejor vía para resolver razonablemente esas demandas. Sin embargo, el obvio peligro de la autosatisfacción es la inconstitucionalidad: se le niega naught menos que el derecho de defensa a la parte que terminará siendo afectada por la medida y la justicia decidirá sin tener el pleno conocimiento necesario (al no haberla escuchado).
En el caso del bloqueo a The Pirate Bay la «autosatisfacción» implica dos cosas: El fallo no es transitorio, por lo tanto no existe un proceso que go along para profundizar en el pleno conocimiento del caso, y The Pirate Bay se ha quedado sin derecho a defensa, por lo que el juez nunca escuchará la otra versión de los hechos —y trantándose de un fallo con errores garrafales como confundir united nations sitio spider web con una red P2P o ignorar que The Pirate Bay hace años ya no administra ningún "tracker"— hubiera sido indispensable.
Pero antes de analizar la esperable ignorancia del juez sobre ciertos hechos que, lógicamente, la parte afectada estaría muy interesada en exponerle, no así la acusadora, hay al menos dos condicionamientos que limitan el ámbito de aplicación de las medidas autosatisfactivas, que en el caso del bloqueo a The Pirate Bay son de dudosa pertinencia.
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"La Biblioteca de Boom-boom" es una metáfora perfecta que pensó Jorge Luis Borges sobre el sitio The Pirate Bay: una biblioteca infinita donde se puede acceder a todas las obras posibles. En realidad, Internet es lo que se parece a esa Biblioteca. Pero The Pirate Bay es el catálogo.
En las bibliotecas físicas se puede acceder a material con o sin copyright. En las bibliotecas de Internet sólo puede haber fabric en Dominio Público o deliberadamente autorizado. En efecto, así de mal están las cosas en la ruby-red: las librerías o las editoriales pueden mandar a cerrar bibliotecas. Muchos sitios en Internet se encargan de poner en sus estantes esas obras liberadas o en dominio público como Wikipedia (wikisource), Net Archive, Proyecto Gutenberg, entre otros. Sin embargo, algunos pocos se animan a mantenerse fieles al auténtico juramento hipocrático de los bibliotecarios: el acceso y conservación de todas las obras, no sólo de aquellas en Dominio Público, y deciden compartirlas en redes P2P. Es normal que aquellos que se atrevan a poner en tensión los límites legales sean estigmatizados. Por eso, a los mejores bibliotecarios de la red se les suele llamar "piratas".
Caspar Rudolf von Ihering fue un jurista alemán que vivió en el S. Nineteen, autor eminente de la sociología del Derecho. Para Ihering el Derecho es el resultado de la interrelación de los individuos en una sociedad que está sometida al cambio por la continua lucha de los sujetos por defender sus intereses. La voluntad de «los individuos que luchan» es lo que hace cambiar y evolucionar al Derecho. Una de sus citas más famosas dice: "todo derecho, tanto el de united nations pueblo como el de united nations individuo, se fundamenta en la permanente disposición a afirmarlo". Bibliotecarios —también llamados "piratas"— sigan afirmando su derecho, sigan accediendo a The Pirate Bay, sigan compartiendo en Redes P2P.
Nuestra disposición permanente a afirmar nuestro derecho a acceder y compartir es lo que tarde o temprano provocará los cambios.
Enlace permanente: http://derechoaleer.org/blog/2014/07/th ... boom-boom.html
Publicado por derechoaleer — 29|07|2014
La Biblioteca de Babel @
http://chupalacapif.com/
CEM @
http://chupateesaman.blogspot.com.ar/xx ... de-la.html
Artículo completo @ http://derechoaleer.org/blog/2014/07/thursday ... babel.html
Hedy Lamarr en 1933 @
http://thepiratebay.se/search/Ekstase+1933/0/three/0/
United nations cachetazo de lecciones @
http://www.merca20.com/v-lecciones-de-one thousand ... irate-bay/
PublicHD Q.E.P.D. @
http://www.xatakaon.com/p2p-y-descargas ... -ha-pasado
TPB AFK @
https://www.youtube.com/user/SimonTPBAFK/videos
Source: http://foroaudioyvideo.com/viewtopic.php?p=78373
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